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Pilar Varela, Mercedes Alvarez, Natalio Grueso, Manuel Menéndez y Fernando Díaz Rañón, en una reunión del Patronato del Niemeyer celebrada en el año 2009.
La defensa de Grueso pide que declaren todos los miembros del Patronato del Niemeyer

La defensa de Grueso pide que declaren todos los miembros del Patronato del Niemeyer

Los considera responsables de la formulación, presentación y aprobación de las cuentas anuales

José María Urbano

Miércoles, 25 de noviembre 2015, 03:34

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Los representantes legales de Natalio Grueso, primer director general del Centro Niemeyer, y de José María Vigil Rubio, empleado de Viajes El Corte Inglés, han solicitado al juez que llame a declarar a los miembros del Patronato de la Fundación Niemeyer como responsables últimos de las cuentas del centro cultural. Que el mismo juez se pronuncie sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas implicadas en el procedimiento, y al mismo tiempo proceda a emplazar como responsables civiles a la Fundación Niemeyer, el Principado de Asturias y Viajes El Corte Inglés.

Así se hace constar en el recurso de reforma y subsidiario de apelación presentado en la mañana de ayer contra el último Auto dictado por el titular del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Avilés, Ricardo Badás, que acordaba la continuación de las diligencias previas del conocido como 'caso Niemeyer' por los trámites del Procedimiento Abreviado.

El recurso presentado por el despacho de abogados de Pelayo F. Mijares señala que no es posible en este momento dar por finalizada la instrucción de la causa al no haberse practicado todas las pruebas solicitadas, considerando que aún quedan «numerosas e importantes pruebas por practicar», cuyo resultado, «con toda probabilidad, llevará a conclusiones distintas de las establecidas por el Juzgado».

El recurso concreta que no se ha tomado declaración a todas las personas que de forma directa o indirecta intervinieron o han tenido relación con los hechos acaecidos, una cuestión que ya se había reclamado el 1 de octubre de 2014 y 3 de junio de 2015, petición que también había hecho el anterior secretario de la Fundación, José Luis Rebollo.

El abogado señala en su recurso que consta acreditado que los responsables de la Fundación tenían conocimiento «puntual y completo» de las actuaciones realizadas por el director general, Natalio Grueso, y que toda su actuación estaba bajo la supervisión del Patronato, y a su vez de la Consejería de Cultura del Principado y Presidente del Protectorado.

Y aporta más datos al respecto: el presidente del Patronato es el responsable de las cuentas anuales, y ni el Patronato de la Fundación ni su Protectorado pusieron objeción ni reparo algunos a las cuentas de la Fundación Niemeyer. Por lo que si el Auto del Juzgado entiende que se presentaron cuentas que no reflejaban la realidad -lo que puede ser constitutivo de un delito societario-, se hace «de todo punto imprescindible llamar a declarar, ya sea como testigos o como imputados, a las personas responsables de la formulación, presentación y aprobación de las cuentas anuales».

Y el mismo argumento sirve para los responsables de Viajes El Corte Inglés, ya que a juicio del abogado «siempre conocieron, autorizaron y supervisaron las actuaciones realizadas por José M. Vigil, reconociendo expresamente errores y problemas en la facturación y en la contabilidad». Por ello considera que es imprescindible que declaren los citados o señalados en la instrucción: Juan Luis Vasallo Saavedra, Daniel Serrano, Rosa Castellanos y Agustín González, los cuatro pertenecientes a la citada empresa.

El mismo recurso presentado en la mañana de ayer contra el último Auto del juez Badás señala que el Juzgado se remite, para imputar a Natalio Grueso y a José M. Vigil, al informe emitido por el Perito de la Agencia Tributaria.

Pues bien, a su juicio, ese informe carece de cualquier requisito de los establecidos por la Ley para ser considerado como un informe pericial; carece totalmente de fuerza incriminatoria; el Perito toma parte, considera a sus defendidos (del abogado) responsables de los hechos, hace valoraciones subjetivas, «estableciendo y distribuyendo responsabilidades como si de un juzgador se tratara». Por todo ello, su informe queda invalidado como fundamento del Juzgado en su decisión. Además, recuerda que el Perito siempre ha dicho que contó para sus informes con la colaboración de la Fundación Niemeyer y de Viajes El Corte Inglés, que son parte interesada. Y concluye que el informe del Juzgado, basado en el del Perito, está contaminado. «Lo contrario provocaría indefensión y vulnera del artículo 24 de la Constitución», señala al respecto.

Revocación de las subvenciones

En su escrito dirigido al Juzgado como recurso del Auto ya citado, el abogado defensor de Grueso y Vigil insiste una y otra vez en que tanto uno como otro actuaban con pleno conocimiento de sus superiores. En el caso de Natalio Grueso se indica que tenía amplios poderes, los mismos que la presidenta de la Fundación, con una limitación de 90.000 euros cuando actuaba individualmente y de 200.000 euros cuando actuaban mancomunadamente, estando su actuación bajo la supervisión del Patronato, y a su vez, de la Consejería de Cultura del Principado y presidente del Protectorado.

En el escrito se denuncia y respecto a la revocación de las subvenciones, sobre la que se formularon alegaciones por parte de José Luis Rebollo -poniendo de manifiesto numerosas ilegalidades en la tramitación y en decisiones adoptadas- se indica que si alguna responsabilidad puede predicarse es imputable a los actuales responsables de la Fundación Niemeyer, «pues habiéndose dictado resoluciones que revocan las subvenciones concedidas desde los ejercicios 2007 a 2011, exigiéndose la devolución de 1.211.682 euros, no se han impugnado en vía administrativa ni en vía judicial dichas resoluciones, en un claro acto de administración negligente que puede tener otro tipo de connotaciones o consecuencias legales y evidentes responsabilidades».

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